Volver al blog
Fiscalidad y pymes

El 75 % de los contribuyentes de IVA franceses eligió una plataforma de facturación electrónica. El régimen simplificado de IVA termina el 1 de enero

19 de octubre de 2026 8 min de lectura

El jueves 8 de octubre de 2026, David Amiel, ministro de Acción y Cuentas Públicas de Francia, presidió el primer comité de seguimiento de la reforma de la facturación electrónica, con representantes de las empresas y de los contables. El comunicado del ministerio, fechado el 9 de octubre, da el primer balance. A 4 de octubre, el 75 % de las empresas que presentan declaraciones de IVA había designado una plataforma para recibir facturas electrónicas. Más de 20 millones de facturas habían pasado por el nuevo circuito, por más de 70.000 millones de euros. El ministro repitió que ninguna empresa será sancionada antes de que acabe 2026, y el comité acordó publicar en dos semanas una guía de arranque actualizada.

Leído al revés, una cuarta parte de los contribuyentes de IVA seguía sin plataforma de recepción unas cinco semanas después de que fuera obligatoria. Y la factura electrónica es solo la mitad de lo que cambia para las pequeñas empresas francesas. El 1 de enero de 2027 desaparece el régimen simplificado de IVA.

Construí BidForge, una IA que lee los pliegos de licitaciones públicas francesas para pequeñas empresas. Muchas de las empresas para las que está pensado quedan atrapadas en los dos calendarios. Así que leí los textos en lugar de los resúmenes: la guía práctica de arranque de la DGFiP, el artículo 1737 del Código General Tributario en su versión del 19 de octubre, y el aviso de la administración tributaria sobre el régimen simplificado. Esto es lo que dicen.

Ya obligatorio: recibir

Desde el martes 1 de septiembre de 2026, toda empresa sujeta a IVA, sea cual sea su tamaño, debe poder recibir facturas electrónicas a través de una plataforma homologada, una «plateforme agréée». Eso incluye a los microempresarios en franquicia de IVA. La FAQ de impots.gouv.fr, actualizada el 28 de septiembre, responde en una línea: «Oui, vous êtes concerné.»

Una factura electrónica no es un PDF enviado por correo. Es un archivo estructurado, encaminado de la plataforma del proveedor a la del cliente. ¿Quién te envía una ahora? Las grandes empresas y las empresas medianas, que deben emitirlas desde el 1 de septiembre, más algunos voluntarios. La ficha de primeros pasos de la DGFiP da ejemplos: tu proveedor de electricidad, tu operador de telefonía o internet, tus proveedores de equipos.

La lista oficial, actualizada el 13 de octubre, nombra 155 plataformas que cumplen todas las condiciones, pruebas de interoperabilidad incluidas. La guía dice que también puedes pasar por tu software habitual, tu contable o tu banco, siempre que esa solución se conecte a una plataforma homologada.

La página de la reforma del ministerio también enumera cuatro nuevas menciones obligatorias en las facturas desde el 1 de septiembre de 2026: el número SIREN del cliente, la categoría de la operación (bienes, servicios, o ambos), la opción de pagar el IVA según los débitos cuando corresponda, y la dirección de entrega cuando difiere de la dirección de facturación.

Cuánto son realmente las multas

El artículo 1737 del Código General Tributario, modificado por el artículo 123 de la ley de presupuestos del 19 de febrero de 2026, y el artículo 1788 D fijan los importes. La versión del artículo 1737 que entra en vigor el 1 de enero de 2027, modificada por una ordenanza del 27 de julio de 2026, mantiene los mismos importes.

Sin plataforma de recepción: la administración envía primero un requerimiento y te da tres meses. Si nada cambia, la multa es de 500 euros, con un segundo requerimiento y tres meses más. Después, 1.000 euros, y otros 1.000 euros tras cada nuevo periodo de tres meses que termine con un requerimiento sin efecto. Un año después del primer requerimiento, ignorarlos todos suma 500 + 1.000 + 1.000 + 1.000 = 3.500 euros.

No emitir facturas electrónicas cuando estás obligado: 50 euros por factura, con un tope de 15.000 euros por año natural. Sobre el papel, un autónomo que sigue enviando diez facturas en PDF al mes a clientes profesionales franceses después del plazo llega a 10 × 12 × 50 = 6.000 euros al año. Trescientas facturas alcanzan el tope.

E-reporting ausente: 500 euros por transmisión, también con un tope de 15.000 euros al año. Tanto para la multa de emisión como para la de e-reporting, una primera infracción en el año en curso y los tres anteriores se perdona si se corrige de forma espontánea o en los 30 días siguientes a una primera solicitud. La multa de recepción no tiene esa condonación. Tiene los requerimientos en su lugar.

Más allá de la promesa del ministro para 2026, la tolerancia de la guía es condicional. La guía dice que no habrá sanciones para las empresas que tengan dificultades mientras estén en «una trayectoria seria de cumplimiento», y que este enfoque «no es ni un aplazamiento ni una suspensión» de la obligación (traducciones mías). Pide pruebas: el contrato con una plataforma, correos con tu proveedor de software o tu contable, tickets de soporte, un calendario de conexión. «Una simple declaración de intenciones no basta.»

Dos respuestas de la guía que protegen a las pequeñas empresas

Dos de las 29 respuestas de la guía de julio importan más a un autónomo que la tolerancia.

Respuesta 3: una factura en PDF o en papel recibida después del 1 de septiembre todavía puede tramitarse y pagarse cuando corresponde a una operación real y lleva la información requerida. El hecho de que no haya llegado por el circuito electrónico no te hace perder, por sí solo, el derecho a deducir su IVA.

Respuesta 20: un cliente no puede usar la reforma para obligar a una pequeña empresa o microempresa a emitir facturas electrónicas antes del 1 de septiembre de 2027, y no debería negarse a tramitar o pagar una factura solo porque no sea electrónica. Los contratos pueden organizar intercambios electrónicos, pero la guía dice que no hay que confundirlos con la obligación legal. Deja aparte las reglas distintas que pueden aplicarse a las facturas dirigidas a compradores públicos, algo que debe tener presente quien responda a licitaciones públicas. Si un cliente grande te dice otra cosa este otoño, la respuesta 20 es la que hay que enviarle.

1 de enero de 2027: fin del régimen simplificado de IVA

El artículo 38 de la ley de presupuestos de 2025 suprime el régimen simplificado de IVA (RSI) a partir del 1 de enero de 2027. El aviso de impots.gouv.fr se publicó el 22 de septiembre y se actualizó al día siguiente.

¿Quién está en él? Según las cifras de 2026 de Service-Public, una empresa de servicios entra en el régimen simplificado entre 37.500 y 286.000 euros de facturación, con menos de 15.000 euros de IVA debido el año anterior. Esa franja cubre a muchos autónomos que cobran IVA, por ejemplo consultores en SASU o EURL, o microempresarios que superaron el umbral de la franquicia. Los microempresarios que siguen en franquicia no presentan declaraciones de IVA, así que esta parte no cambia su rutina.

El cambio es automático. La DGFiP pasa a las empresas al régimen normal y lee la facturación de la última declaración anual para elegir el ritmo: declaraciones CA3 trimestrales si la facturación del año anterior fue de como máximo 1.000.000 de euros (1.100.000 en el año en curso), mensuales por encima. Una empresa puede optar por la presentación mensual a través de su mensajería segura.

Para una empresa de año natural, la transición es así. La última CA12 anual, que cubre 2026, vence el 4 de mayo de 2027. La primera CA3 cubre enero o el primer trimestre de 2027. No se debe ningún anticipo de IVA en julio ni en diciembre de 2027.

Lo que cambia es el ritmo de caja. En el régimen simplificado, pagas el 55 % del IVA del año anterior en julio y el 40 % en diciembre, y luego el saldo con la declaración anual en mayo. Toma a un consultor cuyo IVA de 2025 fue de 8.000 euros: 4.400 euros en julio de 2026, 3.200 euros en diciembre de 2026. A partir de 2027, el IVA se paga sobre las cifras reales, trimestre a trimestre. Con una actividad plana, son unos 2.000 euros por trimestre. Con una actividad en crecimiento, desaparece el colchón de pagar sobre la cifra del año pasado.

Las dos reformas se encuentran el 1 de septiembre de 2027, cuando las antiguas empresas del RSI, como todas las pymes y microempresas, deberán empezar a enviar datos de e-reporting a través de su plataforma, con una frecuencia fijada por su régimen de IVA: mensual para los declarantes trimestrales; para los declarantes mensuales, cada diez días para los datos de transacciones y mensual para los datos de pago. El aviso pide a las empresas que informen a su plataforma del nuevo régimen.

Las fechas que pondría en un calendario

  • Ahora: una plataforma de recepción, si todavía no tienes una.
  • Finales de octubre: la guía de arranque actualizada que el comité prometió en las dos semanas siguientes al 8 de octubre. El 19 de octubre, la guía en línea seguía siendo la versión de julio, así que comprueba la fecha de la que leas.
  • 31 de diciembre de 2026: fin del periodo en el que el ministro ha prometido que no habrá sanciones.
  • 1 de enero de 2027: fin del régimen simplificado de IVA.
  • 4 de mayo de 2027: última CA12, la de 2026.
  • 1 de septiembre de 2027: las pymes y microempresas deben emitir facturas electrónicas y enviar datos de e-reporting.

Qué montaría este trimestre

Pregunta a tu software de contabilidad, a tu banco o a tu contable qué plataforma homologada recibe tus facturas, y consigue la respuesta por escrito. Guarda una carpeta fechada de cada paso, porque esa carpeta es lo que la guía trata como prueba de buena fe. Añade las cuatro nuevas menciones a tu plantilla de factura. Si estás en el régimen simplificado, comprueba qué régimen de IVA tiene registrado tu plataforma, y aparta IVA cada mes.

Si construyes software que emite facturas para empresas francesas, lee las respuestas 11 y 12. La guía separa un rechazo de la plataforma, un error de formato o de datos que corriges y reenvías, de una negativa del comprador, un estado del ciclo de vida que debe indicar un motivo y que, si reemites, exige un nuevo número de factura. Un código que trate ambos como «fallo» se equivoca en el paso siguiente, y la guía vuelve una y otra vez al riesgo que sigue: la misma factura pagada, contabilizada o declarada dos veces.

Para una pequeña empresa francesa, el plazo de facturación electrónica que muerde es el 1 de septiembre de 2027. El que cambia tu caja es el 1 de enero.

Fuentes

¿Un proyecto del mismo estilo?

Diseño y despliego productos como este. Hablemos.

Hablemos